La crisis del coronavirus afecta más allá del sistema sanitario, como todos sabemos. Y ahora también ha hecho mella en la nueva normativa del Código Técnico de Edificación (CTE). En concreto en los plazos de aplicación voluntaria, que se ven modificados según una nota informativa publicada a primeros de abril. Según esto, para el cómputo final de dicho plazo de aplicación voluntaria se deberá añadir a su plazo inicial de seis meses (cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020) el periodo, en días naturales, correspondiente a la duración del estado de alarma.
El contexto y la incertidumbre actual hacen que en el sector hablemos aún más, si cabe, del nuevo CTE, aprobado en diciembre de 2019 y que es de obligado cumplimiento desde finales de septiembre de 2020.
Las modificaciones que implica atañen, en términos generales, al ahorro de energía, las exigencias básicas de salubridad de los edificios y la seguridad contra incendios en los mismos. Estas tres son las patas principales del cambio, pero sobre todo la primera de ellas afecta directamente a la industria del vidrio y la fachada, a través de la que se piden reducciones nominales del consumo de energía primaria no renovable; se obliga a utilizar un cierto porcentaje de energía renovable y se contemplan mayores exigencias de aislamiento para los casos de rehabilitación, entre otras cosas.
El vidrio es, sin duda, un elemento clave en cualquier envolvente arquitectónica y, por tanto, según todas estas modificaciones, la transmitancia térmica (valor U) y el control solar son dos de las variables sobre las que más evoluciona el texto y que, en gran medida, supera a la legislación de 2013 con el objetivo de acercarse al cumplimiento de los retos europeos.
Los plazos para la aplicación de la nueva normativa del CTE han sufrido modificaciones debido al COVID-19
Es ya una realidad que se exigen mejoras importantes en cuanto al valor U de la ventana y que para las obras de nueva construcción se buscan, sobre todo, soluciones y productos bajo emisivos, como lo pueden ser Guardian ClimaGuard o Guardian Sun. Para cumplir con los requisitos exigidos en cuanto a factor solar, las opciones se dirigen más a Guardian Sun y al vidrio SNX 60. Soluciones que permitirán al usuario del edificio disfrutar al máximo de la luz natural y las vistas exteriores, mientras se cumple con la nueva normativa en cuanto a factor solar, pero sin necesidad alguna de contar con elementos externos de sombra en el propio edificio.
Los dobles y triples acristalamientos Guardian Select equipados con los vidrios mencionados reúnen todos estos estándares para garantizar una edificación sostenible y energéticamente eficiente, a la vez que potencian la mayor entrada de luz natural posible y buscamos generar espacios interiores confortables.
Recordar, por último, que todos estos cambios afectarán a las obras nuevas y a las que requieran de licencia de obra. En el propio documento legislativo se especifican los valores requeridos en cada caso, pero también será necesario contemplar los cálculos y propiedades del propio edificio. Por ello, recomendamos acudir a expertos que sepan interpretar el estado general de cada proyecto con una visión global del mismo.